Web Ttempux

24 noviembre 2006

Nuevas solicitudes y consultas

Estimados lectores:

Viendo que cada día que pasa nos visita más gente y que nos solicitáis información con respecto a diversos temas, os adelanto que próximamente hablaremos desde Ttempux de la llamada "Carencia en Alquiler", "Subastas: Riesgos y no engaños" y un nuevo estudio sobre la evolución de los tipos de interés hasta la fecha y las tendencias de éstos durante el año 2007.

Por otra parte, he vuelto a abrir los comentarios para que cualquiera pueda expresar su opinión o solicitar alguna información específica, siempre dentro del marco del respeto. También os recuerdo que nuestro
correo electrónico está abierto a cualquier propuesta o consulta.

Un saludo

15 noviembre 2006

¿Carencia? ¿Por qué?

Estimados lectores:
Recientemente se nos han planteado situaciones de clientes (Principalmente menores de 35 años) que nos piden consejo en relación a hipotecas y al tema de la llamada "Carencia".
Definamos "Carencia" en un préstamo hipotecario: La carencia es el periodo dentro de la vida de un préstamo durante el cual sólo se pagan intereses y no se amortiza capital. Coloquialmente hablando y en el caso de una hipoteca al 100% con carencia durante los 3 primeros años quiere decir que, después de esos 3 años, la vivienda seguirá siendo al 100% del banco (Realmente la vivienda es nuestra pero con una carga impuesta por el banco por ese importe que hayamos solicitado).
Supongamos una hipoteca 100% de 150.000.-€ a 40 años:
A: Sin Carencia: Suponiendo un caracter benévolo de nuestro banco con un interés del 4% el primer año, la cuota mensual ascendería a 626,91.-€.
B: Con Carencia: Suponiendo las mismas condiciones benévolas, la cuota mensual ascendería a 500.-€.
Concluye el Año 1º: Recordemos en cualquiera de los casos que el Euribor sube o baja igual con carencia que sin carencia. Supongamos una subida de 0,25 (El interés en la revisión tras un año pasa de 4 a 4,25%).
Caso A: Después de un año habremos amortizado aproximadamente 1.551.-€ con lo cual le debemos al banco 148.448'88.-.€ aplazados 39 años y pasariamos a pagar 650,60.-€ al mes.
Caso B: No hemos amortizado nada al banco con lo cual le debemos al banco 150.000.-€ aplazados 39 años empezando el 2º año de carencia y pagaremos 531'25.-€ al mes.
Concluye el Año 2º: Suben nuevamente los tipos de interés y en este caso supongamos una subida del Euribor de 1,00% (Pasamos del 4,25 al 5,25%).
Caso A: En este segundo año hemos amortizado 1.528.-€ con lo cual le debemos al banco 146.921,22.-€ aplazados 38 años y pasariamos a pagar 745,14.-€ al mes.
Caso B: No hemos amortizado nada con lo cual seguimos debiendo al banco 150.000.-€ aplazados 38 años y pasariamos a pagar 656,25.-€ al mes.
Concluye el Año 3º: Supongamos una subida del Euribor de 0,50 (Pasamos del 5,25 al 5,75%):
Caso A: Hemos amortizado unos 1.258.-€ con lo cual le debemos al banco 145.662'92.-€ aplazados 37 años y pasaríamos a pagar 793,50.-€ al mes.
Caso B: Se nos ha acabado el periodo de carencia y por tanto empezamos a amortizar. Nos quedan 150.000.-€ apalazados a 37 años y pasariamos a pagar 816,52.-€ al mes (de los cuales 719.-€ serán intereses).
CONCLUSIÓN: Es cierto que durante los 3 primeros años estamos pagando unos 100.-€ menos al mes y que después vamos a pagar sólo 24.-€ más al mes pero aquí es donde cada uno tiene que pensar por un lado en su situación económica y por otro lado si tras haber pagado alrededor de 20.000.-€ al banco a lo largo de esos 3 años, la deuda siga siendo de la misma cuantía que 3 años atrás. (Hay que tener en cuenta que también habremos pagado aproximadamente esa misma cantidad de intereses más unos 4.340.-€ de amortización en el CASO A con lo cual le seguiremos debiendo al banco unos 145.660.-€).
Obviamente estamos hablando de una ciudad relativamente pequeña en la que aún podemos comprar una vivienda por 150.000.-€ si trasladamos el caso a ciudades en las que un piso modesto ronda los 300.000.-€ hablaremos del doble en todos los sentidos (durante el primer año en el caso A, amortizando, la cuota sería de unos 1.254.-€ al mes y en el caso B, carencia, la cuota sería de 1.000.-€ al mes).
Esto nos plantea la duda: "Si pensamos en solicitar carencia, ¿Merece la pena vivir en alquiler (precio similar y sin ataduras) o comprar?
Algo sobre lo que reflexionar.
Saludos